El ámbito subjetivo del tipo de injusto de los delitos dolosos está constituido por el dolo.
El término dolo tiene varias acepciones en el ámbito del Derecho. Aquí se entiende simplemente como conciencia y voluntad de realizar el tipo objetivo de un delito.
Este concepto unitario de dolo no es, sin embargo, fácilmente aplicable en algunos casos límites entre el dolo y la imprudencia en los que tanto el elemento cognitivo, como el volitivo quedan desdibujados o son fácilmente identificables; pero se puede mantener que tanto el conocimiento como la voluntad son elementos básicos del dolo, sin perjuicio de hacer las necesarias matizaciones en la exposición de ambos conceptos.
De la definición de dolo aquí propuesta se deriva que el dolo está constituido por dos elementos: uno intelectual o cognitivo y otro volitivo. El elemento intelectual del dolo se refiere, por tanto, a los elementos que caracterizan objetivamente la conducta como típica (elementos objetivos del tipo): sujeto, conducta, resultado, relación causal o imputación objetiva, objeto material, etc. Así, por ejemplo, el tipo subjetivo del homicidio doloso requiere el conocimiento (voluntad) de que se realizan los elementos objetivos del tipo de homicidio: que se mata, que la acción realizada es la adecuada para producir la muerte de otra persona, que la víctima es una persona y no un animal, etc.
El elemento volitivo supone la voluntad incondicionada de realizar algo (típico) que el autor cree que se puede realizar. Si el autor aún no está decidido a realizar el hecho (por ejemplo, aún no sabe si disparar y espera la reacción del otro; lleva una pistola por lo que pueda pasar al huir de la policía), o sabe que no puede realizarse (la víctima se ha alejado del campo de tiro), no hay dolo, bien porque el autor no quiere todavía, bien porque no puede querer lo que no está dentro de sus posibilidades.
De algún modo el querer supone además el saber anterior, ya que nadie puede querer realizar algo que no conoce. Esto no quiere decir que saber y querer sean lo mismo: el ladrón sabe que la cosa es ajena, pero no quiere que lo sea; su afán por apoderarse de ella le hace realizar voluntariamente la acción de apoderamiento, a pesar del conocimiento de la ajenidad.
viernes, 1 de febrero de 2019
jueves, 31 de enero de 2019
EDWARD MORDRAKE : EL HOMBRE DE DOS CARAS
Edward Mordrake nació con dos caras en el siglo XIX debido a un problema genético que actualmente lleva el nombre de “diprosopia” o la duplicación del cráneo.
Lo más raro aún, es que el segundo rostro Edward era funcional, quiere decir que se movía y hasta podría reírse. Se decía que el extraño rostro de Edward, era capaz de seguirte con la mirada.
Edward Mordrake no soportaba la indiferencia de la gente, ya que su extraño caso no solo causaba miedo, sino también odio. Edward era un burgués de la época y eso era repudiado por la población. Cansado de todo, solicitó que le extirpasen, ya que, decía el extraño rostro deforme le susurraba cosas “salidas del infierno”.
Poco tiempo después sufrió de una severa depresión debido al repudio de la población. Sumergido en la crisis, Mordrake decidió quitarse la vida ahorcándose en su casa.
Esta duplicidad estructural puede llegar a dar algo de movimiento a las caras atrofiadas como tics nerviosos. Edward tenía una estructura dominante completamente sana, su cara normal expresiva, y junto a ella su cara añadida semi-expresiva con músculos y nervios mal desarrollados y atrofiados desde el nacimiento. Esta sería otra prueba que confirmaría la disprosopia en vez de un caso de ‘cephalopagus’ o gemelo parasitario vestigial, donde el siamés muerto carece de todo tipo de movimiento independiente.
En un supuesto testimonio de Edward Mordrake aparecido en 1900 en el almanaque de medicina 'Anomalías y curiosidades de la medicina', de George M. Gould, se podía leer: “La imaginación no puede concebir las tentaciones espantosas en las que me envuelve. Por alguna imperdonable maldad de mis antepasados estoy cosido a este demonio, porque estoy seguro que es un demonio. Yo ruego y suplico para que lo eliminen del mundo, aunque yo muera”
Foto del cráneo y busto de cera de Edward
ATROPELLAMIENTO
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
-- Atropellamiento --
Un accidente de tránsito es el que ocurre sobre la vía y se presenta súbita e inesperadamente, determinado por condiciones y actos irresponsables potencialmente previsibles, atribuidos a factores humanos, vehículos preponderantemente automotores, condiciones climatológicas, señalización y caminos, los cuales ocasionan pérdidas prematuras de vidas humanas y/o lesiones, así como secuelas físicas o psicológicas, perjuicios materiales y daños a terceros.
Un atropello es un tipo de muerte violenta que consiste en la acción en la que uno o varios peatones son arrollados por un vehículo en movimiento.
Este se da en diversas fases, las cuales se dividen en impacto (fracturas en extremidades); proyección; caída (fracturas de la base del cráneo); arrastramiento (producción de excoriaciones lineales); y machacamiento (de cráneo, tórax y abdomen).
-- Atropellamiento --
Un accidente de tránsito es el que ocurre sobre la vía y se presenta súbita e inesperadamente, determinado por condiciones y actos irresponsables potencialmente previsibles, atribuidos a factores humanos, vehículos preponderantemente automotores, condiciones climatológicas, señalización y caminos, los cuales ocasionan pérdidas prematuras de vidas humanas y/o lesiones, así como secuelas físicas o psicológicas, perjuicios materiales y daños a terceros.
Un atropello es un tipo de muerte violenta que consiste en la acción en la que uno o varios peatones son arrollados por un vehículo en movimiento.
Este se da en diversas fases, las cuales se dividen en impacto (fracturas en extremidades); proyección; caída (fracturas de la base del cráneo); arrastramiento (producción de excoriaciones lineales); y machacamiento (de cráneo, tórax y abdomen).
domingo, 20 de enero de 2019
IDENTIFICACIÓN DENTAL
El adulto cuenta con 32 dientes permanentes. Esta dentición se llama permanente desde los 14 años de edad. Los dientes temporales son 20 y se extiende desde los 6 meses a los 3 años de edad. Entre los 6 y 14 años hay piezas tanto permanentes como temporales, por lo que se denomina dentición mixta.
EDAD DE ERUPCIÓN DE DIENTES TEMPORALES
1. Incisivos mediales: 6 - 8 meses
2. Incisivos laterales: 8 - 10 meses
3. Primeros molares: 12 - 16 meses
4. Caninos: 16 - 20 meses
5. Segundos molares: 20 - 30 meses
EDAD DE ERUPCIÓN DE LOS DIENTES PERMANENTES
1. Primer molar: 5-8 años
2. Incisivo central: 6-8 años
3. Incisivo lateral: 7-9 años
4. Primer premolar: 9-12 años
5. Canino: 9-12 años
6. Segundo premolar: 11-14 años
7. Segundo molar: 10-14 años
8. Tercer molar: 17-25 años
APLICACIÓN DE LA ODONTOLOGÍA FORENSE
1. Identificación de los restos de una persona desconocida:
2. Recolección de datos mediante inspección: condición de dientes, número
3. de piezas, características de maxilares y tejidos blandos.
4. Número de dientes
5. Restauraciones y prótesis
6. Caries
7. Malposición y rotación
8. Formación anómala de un diente
9. Terapia del conducto radicular
10. Patrones del hueso
11. Oclusión
12. Patología bucal
13. Cambios ocupacionales y patrón socioeconómico de la dentición
14. Identificación de un agresor
15. Examen y evaluación de daño bucal y dentomaxilar. Indicado en riesgos de trabajo, lesiones de niño maltratado, accidentes de tránsito, lesiones y mala práctica odontológica.
FUENTE BILIOGRÁFICA:
-EDUARDO VARGAS ALVARADO. (2012). MEDICINA LEGAL. MÉXICO: TRILLAS.
EDAD DE ERUPCIÓN DE DIENTES TEMPORALES
1. Incisivos mediales: 6 - 8 meses
2. Incisivos laterales: 8 - 10 meses
3. Primeros molares: 12 - 16 meses
4. Caninos: 16 - 20 meses
5. Segundos molares: 20 - 30 meses
EDAD DE ERUPCIÓN DE LOS DIENTES PERMANENTES
1. Primer molar: 5-8 años
2. Incisivo central: 6-8 años
3. Incisivo lateral: 7-9 años
4. Primer premolar: 9-12 años
5. Canino: 9-12 años
6. Segundo premolar: 11-14 años
7. Segundo molar: 10-14 años
8. Tercer molar: 17-25 años
APLICACIÓN DE LA ODONTOLOGÍA FORENSE
1. Identificación de los restos de una persona desconocida:
2. Recolección de datos mediante inspección: condición de dientes, número
3. de piezas, características de maxilares y tejidos blandos.
4. Número de dientes
5. Restauraciones y prótesis
6. Caries
7. Malposición y rotación
8. Formación anómala de un diente
9. Terapia del conducto radicular
10. Patrones del hueso
11. Oclusión
12. Patología bucal
13. Cambios ocupacionales y patrón socioeconómico de la dentición
14. Identificación de un agresor
15. Examen y evaluación de daño bucal y dentomaxilar. Indicado en riesgos de trabajo, lesiones de niño maltratado, accidentes de tránsito, lesiones y mala práctica odontológica.
FUENTE BILIOGRÁFICA:
-EDUARDO VARGAS ALVARADO. (2012). MEDICINA LEGAL. MÉXICO: TRILLAS.
viernes, 18 de enero de 2019
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